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"DERECHO AMBIENTAL Y DEL CAMBIO CLIMÁTICO GLOBAL"
Autor: Dino Luis Bellorio Clabot – Editorial: AD HOC, 2021.
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Texto Completo
"DERECHO
AMBIENTAL Y DEL CAMBIO CLIMÁTICO GLOBAL"
Autor:
Dino Luis
Bellorio Clabot – Editorial: AD HOC, 2021.
1.
Este libro fue
pensado desde la información, las ideas y reflexiones que generaba el
fenómeno
del cambio climático en la época prepandemia; y escrito durante la
plena pandemia,
de la cual no hemos salido.
Lo
pensamos en
momentos en que claramente nos representábamos la realidad inminente y
la
cercanía de la crisis climática global, cuando de pronto asomó y se
difundió el
virus del COVID 19…
2.
Nuestras
reflexiones debieron entonces asumir la "gravísima pandemia", sus
causas y consecuencias, su proyección a través de las reglas del
comportamiento
humano, sus normas e incumplimientos (hoy estudiadas en ciencia), su
impacto en
el campo de la salud, en el campo económico y social, sanitario,
político,
jurídico y ambiental, poniendo sobre el tapete y en serio
cuestionamiento las formas
de nuestro comportamiento… a
la par que
cobraban notable desarrollo los principios e institutos de un derecho
del
cambio climático global, a favor de la evolución del pensamiento
universal,
canalizado en compromisos, costosamente retrasados, a través de los
acuerdos
por el clima (Paris mediante), la expectativa de la COP de Glasgow y de
la
diversidad biológica (volviendo si se quiere, a las bases de Río 1992,
cuando
se abrieron a la
firma las dos
convenciones) y por supuesto, su proyección en los objetivos actuales
de la
Agenda del Desarrollo Sostenible.
3.
Indudablemente el
derecho del cambio climático (que tiene en la Facultad de Derecho UBA
un
importante
"Programa de Derecho del Cambio Climático" sostenido por varios de
nuestros distinguidos colegas) otorga una nueva proyección
al derecho
ambiental.
La
cuestión
climática, del cambio climático, es un tema central en el derecho
ambiental de
nuestros días.
El
cambio climático
condiciona el ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo
humano al
cual tenemos derecho, consagrado constitucionalmente.
Con
las olas de calor
en aumento, con la temperatura media ya cerca de los 1,5 grados
establecidos
como límite y las consecuencias conocidas que afectan al Planeta y la
vida del
hombre y de las especies, nos seguimos preguntando - como desde hace
algunos
años - ¿adónde va el Mundo'... si se podrá sostener la vida en esas
condiciones; cuando ya se habla del Punto de No Retorno, de catástrofe
climática, "el Mundo en alerta roja" (Naciones Unidas) y el hombre es
el responsable según la ciencia. Como dijimos, el comportamiento humano
está en
el banquillo y lo debemos asumir.
4.
Como profesores
debemos investigar constantemente, actualizar contenidos y propuestas,
y abrir
la mente a nuevas ideas, en el aprendizaje de las ciencias, en el
amplio campo
incluyente del Derecho…
Hace
tres años
publicábamos "Derecho Ambiental Innovativo", cuando empezaba a
plantearse la implementación de la Agenda 2030, el Acuerdo de París y
el propio
Código Civil Argentino reformado. Para nuestra crisis climática, se
trata de
"un largo y complejo camino de implementación", y aquí en este libro
mostramos algo de ese recorrido hasta el presente. Camino de la COP 26.
5.
Desde una visión
integradora y amplia, el cambio y la crisis climática se han convertido
en un
eje central de la problemática ambiental y del desarrollo sostenible.
Los
nuevos paradigmas
que configuran la crisis climática, el ambiente y el desarrollo humano,
impactan sobre la propia proyección de las actividades humanas, el uso
los
recursos planetarios, los bienes de la naturaleza y la satisfacción
sostenible
de nuestras necesidades y exigencias. Estas tendencias muestran
certezas que se
han venido consolidando… cuando aparece el Coronavirus…
Hemos
estudiado y
escrito sobre el impacto de la pandemia en el derecho ambiental y en
este libro
se trata también de reflejar este
nuevo escenario. Decimos entonces que la
crisis climática abarcativa, su compresión y tratamiento científico,
las
respuestas institucionales a nivel global y local, las acciones
requeridas y su
implementación, y el impacto y consecuencias del COVID, conforman
ese nuevo
escenario que abraza por lo menos gran parte de la
problemática ambiental
de nuestro tiempo y los objetivos del desarrollo sostenible, todos
ellos
relacionados con la cuestión climática, los derechos humanos y las
acciones
para enfrentar la crisis.
La
compleja cuestión
del cambio climático tal como se presenta constituye hoy una
problemática abierta
a un serio desafío para la humanidad,
Aquí
decimos que, si
la pandemia ha representado y representa un terrible flagelo y un
colapso
mundial, la crisis climática no le va en zaga y obliga a una
consideración más
cercana, estrecha y realista.
6. Este libro
sigue todas las alternativas de los foros y congresos mundiales sobre
ambiente,
clima y desarrollo sostenible, pasa revista a todos los compromisos
asumidos
por los países y a las etapas de trato y negociación que desde del
siglo pasado
culminaron en el Acuerdo de Paris de 2015 y recorre las instancias de
su
implementación en el tiempo, en procura de resultados al parecer cada
vez más
postergados.
Paralelamente
al enfoque global que enfatiza en las causas y consecuencias del cambio
climático a partir de las políticas y actividades en los países
desarrollados,
hay una fuerte mirada a la acción climática global y local, a los
compromisos
de los países de la región y en particular de la Argentina -con nueva
legislación- al mismo tiempo que presenta un análisis detallado, no
excluyente,
de fenómenos naturales y sociales ligados a las causas de la crisis
climática y
a las políticas y regulaciones que han debido adoptar la mayoría de las
naciones.
No escapan al
análisis pretendido, los encuentros, reuniones y propuestas de los
jóvenes, de
las mujeres y sus organizaciones con las expresiones de los grupos más
vulnerables, que asumen la crisis y tienden un puente al futuro y a la
esperanza.
También se
incluyen en la obra las cuestiones de acceso y organización de una
justicia
ambiental y climática para impulsar una nueva institucionalidad
destinada a la
defensa del Planeta y los derechos humanos frente a actividades,
conductas y
crímenes que los vulneran o desconocen.
Creemos que
los estudios y la ponderación del fenómeno climático con base
científica y su
adecuada difusión contribuye a crear conciencia y responsabilidad
social y
solidaria en la acción climática para hacer posible la vida en el
planeta en
los años próximos.
7. Precisamente,
las partes del libro han seguido un camino o recorrido que pretende
inicialmente afirmar la institucionalidad climática en la proyección de
nuestro
derecho ambiental innovativo, considerando aspectos legales y
organizacionales
de la implementación global y local de las convenciones y acuerdos
sobre el
cambio climático. Considerando para ello una secuencia extendida y
compleja.
8. La segunda
parte trata de la ponderación del fenómeno climático con base
científica, los
desafíos de la agenda global y en relación a las futuras generaciones.
La
valoración de la información científica, las estrategias para las generaciones futuras y la
inversión en clima como cuestión central, junto a la necesidad de nuevos enfoques y respuestas
efectivas
9. A
continuación vienen los nuevos retos: "actuar por el planeta, actuar
mediante el derecho. avanzar en la acción climática. Aumentar la
ambición."
Aquí
se tratan el
Pacto Mundial por el Ambiente y el nuevo paradigma y las reflexiones
hacia la transformación
completa de las economías siguiendo
los objetivos de desarrollo sostenible;
y los
compromisos para avanzar en la acción climática con particular
referencia en tiempos de pandemia.
10. La obra
proyecta luego las ineludibles referencias a UN MUNDO EN TRANSICIÓN, el
impacto global de las actividades humanas
sobre los ecosistemas terrestres y una nueva era geológica, la
caracterización
de la nueva agenda climática dinámica; la
pandemia del COVID- 19 y la crisis climática en
las
ciudades; las reflexiones de científicos e investigadores en la prensa,
redes y
otros medios de comunicación. el compromiso de gobiernos y líderes
mundiales;
con especial atención al fenómeno de las crisis actuales y en la
promoción de un
cambio en nuestro modo de vida. Los anuncios de las últimas cumbres y
los
compromisos de la Argentina. La sanción de la reciente ley 27.621 para
la
Implementación de la Educación Ambiental Integral en nuestro país, con
una
importante definición sobre los Principios y la Estrategia Nacional
para la
Sustentabilidad en las Universidades Argentinas. Finaliza esta parte
con las Reflexiones
y propuestas sobre
“la fraternidad y la amistad social” en la palabra del Papa
Francisco, con su FratelliTutti y en relación a su concepción de la
Ecología
Integral desarrollada en Laudato Si.
11. La quinta parte refiere a lo
que hemos llamado "La Argentina ambiental", la relación del derecho ambiental y climático con los nuevos
enfoques, en particular
sobre aspectos parciales, la protección de humedales y de los bosques
en
contextos de pandemia y cambio climático.
Por recientes
y conocidos como base de nuestro derecho ambiental, la obra no incluye
referencias directas a la legislación básica ambiental, suficientemente
tratadas en obras anteriores, en particular en nuestro caso, en el
mencionado
libro Derecho Ambiental Innovativo, de relativamente reciente edición.
Se abordan aquí
"in extenso" la problemática actual de los humedales y el cambio
climático;
los incendios forestales en la Argentina y las modificaciones a la ley
26.815 de
manejo del fuego: la situación de contexto climático. La legislación
argentina
sobre cambio climático, en particular la ley 27.520 de presupuestos
mínimos de Adaptación
y Mitigación al Cambio Climático Global, sus antecedentes, contenido,
alcances
y su reglamentación. Asimismo, se trata sobre "la Formación integral en
ambiente", de la mano de la ley Yolanda (27.592); los derechos del
triple
acceso con la vigencia del Acuerdo de Escazú (ley 27.566) y su
incidencia en la
consolidación de derechos y la generación de nuevas instituciones;
sigue al
tema de la "Justicia ambiental y climática", sus
implicancias y algunas consideraciones en torno de la necesidad de un fuero especifico; los
temas del derecho penal ambiental y climático y
la jurisprudencia global en
materia de cambio climático (nacional e internacional).
12. Finalmente,
la parte Sexta y última refiere al tema del Comercio y el Desarrollo Sostenible
en asociaciones estratégicas entre grandes bloques económicos y su
relación con
la protección del ambiente y el clima, en el acuerdo Mercosur-UE en vínculo a estos temas
cruciales y al desarrollo
sostenible.
13. Por otro lado, la innovación legal y del emprendimiento, en miras
de la sustentabilidad
para un nuevo desarrollo humano, fluye en los nuevos contenidos que
muestran la
evolución de las ideas en la política, de nuevos derechos y garantías,
el
avance y consolidación de los principios ambientales y climáticos y de
nuevas
estructuras y aspectos organizacionales que requiere la realidad
actual.
14. Entendemos
que el aporte académico del campo del derecho (en la atención de esta
nueva
realidad) es esencial siempre que considere la integración de las
ciencias y un
accionar conjunto para generar políticas y acciones que tengan que ver
con el
comportamiento social, los hábitos, las creencias y defina la toma de
posiciones, estrategias y reglas que debemos cumplir para enfrentar la
crisis
climática global, compleja y extendida que hoy impacta a la humanidad.
La
armonización y sintonía de estos esfuerzos con los objetivos de la
Agenda
Mundial y una acción sostenida y solidaria por parte de todos, podrán
contribuir a hacer posible una sociedad más justa, equitativa y
vivible. Sin
dudas, no será fácil, pero habrá que caminar en ese camino.
Citar: elDial.com - CC7148
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